Parla Licencia Actividad Apertura Local Nave

Roseva Ingeniería es una experimentada empresa experimentada en la gestión de licencias de actividad, apertura y obra en el Ayuntamiento de Parla. GESTIONAMOS TU LICENCIA ACTIVIDAD Y  APERTURA PARA TU LOCAL O NAVE EN PARLA.

parla

Pulse sobre la imagen para acceder a la sede electronica del Ayto de Parla

Somos técnicos cualificados para la legalización y puesta en marcha de locales, naves para actividades y aperturas de establecimientos.

Ingenieros que te asesoran para conseguir tu licencia de actividad y apertura a un precio muy competitivo siempre desde nuestro experto asesoramiento, asegurando su inversión.    

El trabajar con nosotros es una garantía de satisfacción en sus necesidades.

Como trabajamos:

Nuestro trabajo consiste en:

1-Asesorar al cliente acerca del tipo de local a alquilar o comprar, indicando la validez del local y la inversión para realizar la licencia de actividad. Visita sin coste.

2-Realizar la documentación técnica para conseguir la licencia de obra de adecuación a la actividad para poder conseguir la licencia de apertura.

3-Realizar la documentación técnica para conseguir la legalización de las instalaciones del local o nave, complemento para la licencia de apertura.

4-Supervisar los trabajos y realizar certificación de los mismos.

Parla Licencia Actividad Apertura Nave o local.

La Licencia de Apertura o de funcionamiento para tu nave o local es la licencia que se consigue una vez autorizada la Licencia de actividad.

Para poder obtener cualquier permiso es necesario que un técnico cualificado, en nuestro caso un Ingeniero Técnico Industrial, realice la revisión del local en el cual se quiere desarrollar la actividad. El técnico dictaminará las condiciones con las que la normativa afecta al local para cumplirlas y reflejarlas en su documentación, Proyecto técnico de actividad, proyecto técnico de obras, Memorias y planos o Certificados de cumplimiento de normativa.

Proyecto de actividad de tu nave o local: Todos nuestros proyectos están visados por el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industrales de Madrid. Dando una garantía de que usted trabaja con un Ingeniero Colegiado.

OBTENER UNA LICENCIA DE ACTIVIDAD Y APERTURA NAVE O LOCAL EN PARLA.

parla

Pulse sobre la imagen para acceder a la sede electronica del Ayto de Parla

Para obtener esta licencia existen varios procedimientos según sea la actividad a desarrollar.

Si está calificada o es inocua (tiene poca gente y/o poca superficie, no molesta ni genera residuos, ruidos, contaminación etc…),

Procedimientos en Parla Licencia Actividad Apertura local o nave

  1. COMUNICACION PREVIA DE INICIO DE ACTIVIDAD:
  2. DECLARACION RESPONSABLE INICIO DE ACTIVIDAD. LICENCIA APERTURA.
  3. AUTORIZACION PREVIA DE ACTIVIDAD. LICENCIA DE ACTIVIDAD.

 


  1. COMUNICACION PREVIA DE INICIO DE ACTIVIDAD:

Esta es una Solicitud de Comunicación Previa de Inicio de una Actividad que NO requiere Proyecto Técnico Visado por el Colegio respectivo.

Actividades Incluidas: las que se relacionan más abajo y otras análogas, siempre que no superen o contengan los siguientes límites particulares establecidos para cada una de ellas y los generales para todas ellas:
1. Las anteriormente llamadas Inocuas menos las Alimenticias Con Manipulación de Alimentos, exceptuando Venta de Pan Precocinado.
2. Centros de Reconocimientos, Consultas Médicas y de Fisioterapia que no estén incluidas en la Ley de Evaluación Ambiental de la CM.

Límites de carácter general:
– Aparatos de aire acondicionado hasta una potencia total de 6.000 frigorías/hora.
– Equipos informáticos que no precisen una instalación de aire acondicionado de potencia superior a 6.000 frigorías/hora.
– Hornos eléctricos hasta una potencia de 10 kw.
– Potencia instalada hasta 3 CV, incluidos.

Uso residencial:
– Garajes hasta 5 plazas.
– Residencias comunitarias, incluidas casas de huéspedes, hasta 150 m2.

Uso Industrial: No superar los 150 m2 de superficie útil, salvo indicación expresa.
– Almacenes de artículos de construcción, excepto madera, plástico, pintura, barniz.
– Almacenes de artículos de ferretería, excepto plásticos.
– Almacenes de electrodomésticos.
– Almacenes de peligrosidad baja de materias primas agrarias, productos alimenticios y bebidas.
– Almacenes de peligrosidad baja de textiles, confección, calzado y artículo de cuero.
– Talleres de armería (sin manipulación ni almacenamiento de productos explosivos o inflamables).
– Talleres de artículos de marroquinería y viaje.
– Talleres de confección de artículos textiles para el hogar.
– Talleres de encuadernación.
– Talleres de fabricación o reparación de aparatos eléctricos de medida, regulación, verificación y control.
– Talleres de fabricación o reparación de electrodomésticos.
– Talleres de máquinas de coser, máquinas de escribir y similares.
– Talleres de prendas de vestir (sastrería, camisería, guantería, sombrerería, zapatería, excepto calzado de goma, géneros de punto, bordados, peletería y similares).
– Talleres de relojería, bisutería, orfebrería y platería.
– Talleres de reparación de aparatos y utensilios eléctricos o electrónicos, ascensores y similares.
– Talleres de reparación de bicicletas y otros vehículos sin motor.
– Talleres de reparación de instrumentos musicales.
– Talleres de reparación de instrumentos ópticos y fotográficos.
– Talleres de reparación de juegos, juguetes y artículos de deporte.
– Talleres domésticos.
– Viveros de plantas y flores (sin limitación de superficie).

Comercios: No superar los 200 m2 de superficie.
– Anticuarios y almonedas.
– Alquiler de trajes y disfraces.
– Alquiler y venta de cintas de video (video-clubs).
– Despachos de lotería y apuestas.
– Estudios fotográficos sin laboratorio.
– Exposición o venta de motocicletas, bicicletas y sus accesorios.
– Farmacia sin manipulación o almacenamiento de productos inflamables.
– Ferreterías y venta de artículos de menaje.
– Herbolarios.
– Juguetería y venta de artículos de deporte.
– Lavanderías y tintorerías (sólo recogida y entrega de prendas, sin lavado o limpieza de las mismas).
– Mercerías.
– Reproducción de documentos (excepto copia de planos con amoniaco o similares).
– Salones de belleza.
– Venta de aparatos e instrumentos ópticos, médicos, ortopédicos y / o fotográficos.
– Venta de armas y munición (sin manipulación).
– Venta de artículos de cerámica, vidrio y materiales de construcción.
– Venta de artículos de joyería, relojería, platería y bisutería.
– Venta de artículos de marroquinería y de viaje.
– Venta de artículos de regalo.
– Venta de artículos textiles para el hogar.
– Venta de electrodomésticos y material eléctrico.
– Venta de flores y plantas.
– Venta de libros, artículos de papelería y escritorio.
– Venta de material fonográfico y videográfico (discos, casetes de audio y video, etc.).
– Venta de muebles.
– Venta de prendas confeccionadas para vestido y adorno, incluidas zapaterías, bordados, bisutería y similares.
– Venta de productos alimenticios sin manipulación, bebidas y tabaco, excepto carnicerías, casquerías, pescaderías, bares y cafeterías.

Oficinas: No superar los 250 m2 de superficie.
– Agencias de viaje.
– Clínicas veterinarias (consulta), sin radiología.
– Consultorios médicos sin hospitalización, radiología ni medicina nuclear.
– Dentistas, sin radiología.
– Despachos profesionales domésticos.
– Oficinas de administración.
– Oficinas de entidades financieras, de seguros, inmobiliarias y similares.
– Oficinas para alquiler de bienes y servicios en general.
– Oficinas privadas en general.
– Oficinas profesionales domésticas.
– Sedes de partidos políticos, organizaciones sindicales, profesionales, patronales, regionales, religiosas y similares, sin dotación de hostelería.

Uso Dotacional: No superar los 200 m2 de superficie.
– Academias, salvo baile, danza y música.
– Autoescuelas sin guarda de vehículos.
– Centros de culto.
– Centros de investigación sin repercusión medioambiental.
– Policlínica sin hospitalización, quirófanos, radiología ni medicina nuclear.
– Salas de exposiciones.

 PRECIO DE TASAS LICENCIA – COMUNICACION PREVIA

Liquidación de Tasa: revisada la Declaración de la Base Imponible presentada, se envía por correo certificado.
Abono: en la Entidad Bancaria que figure en la Liquidación o con Certificado Digital y Tarjeta Bancaria en esta Sede Electrónica.

Por cada Comunicación Previa tramitada:

  • Tasa Expedición de Documentos de 7,41 €.
    · Tasa Actividad: suma de tarifas, teniendo como base imponible:
  1. a) Superficie afectada por la actividad, incluye la construida y resto de parcela:Hasta 50 m2: 418,99 €
    Exceso 50 m2 a 100 m2: 6,28 €/m²
    Exceso 100 m2, por cada m2: 3,15 €/m²

Reducciones: PYME que realice su asentamiento en el municipio de Parla ó amplíe las ya existentes y genere empleo neto a jornada completa por un periodo mínimo de un año. Los nuevos empleos deberán ser cubiertos con trabajadores procedentes del desempleo, a excepción del empresario ó autónomo.
Según el nivel de empleo, se reducirá la cuota:
Entre 1 y 5 trabajadores: 30%
Entre 6 y 10 trabajadores: 40%
Más de 10 trabajadores: 50%
Plazo máximo para la admisión de las solicitudes: 10 días desde la fecha de recepción de la solicitud. Se concederá manteniendo los puestos de trabajo que dieron lugar a la bonificación al año contados desde el inicio de la actividad, debiendo presentar en dicho momento justificación documental de ello. En caso contrario, se efectuará liquidación complementaria por el importe de la cantidad bonificada.

Ampliación, disminución o modificación: la cuota se determinará en función de la nueva superficie afectada de acuerdo con las tarifas, si la superficie afectada es inferior a 50 m2, se aplicará una tarifa de 8,38 €/m2, abonándose en todo caso una cuota mínima de 209,50 €.

DOCUMENTACIÓN QUE SE ACOMPAÑA

1.- Solicitud de Comunicación Previa de Inicio de Actividad por TRIPLICADO, cumplimentada y firmada.

2.- Fotocopia del Documento de Identidad del Solicitante (caso de persona física).

3.- Fotocopia del NIF de la Sociedad (caso de persona jurídica).

4.- Fotocopia de la Escritura de Constitución de la Sociedad (caso de persona jurídica).

5.- Fotocopia de la Escritura de Poderes de la Sociedad, Documento de Representación o Autorización.

6.- Fotocopia del Documento de Identidad del Apoderado, Representante o Autorizado.

7.- Memoria de las instalaciones.

8.- Plano de situación del local.

9.- Plano a escala y acotado de la planta del local.

10- Opcional: Copia Digitalizada en Formato PDF de la Memoria, Plano de Situación y Planos acotados del Local.

11.- Fotocopia de las Escrituras de Propiedad del local o Nota Simple Actualizada del Registro de la Propiedad.

12.- Fotocopia de Contrato de Arrendamiento (si es inquilino).

13.- Declaración de elementos que constituyen la Base Imponible para la Liquidación de las Tasas de la Actividad.

14.- Fotocopia Autorización-Concesión del Ministerio-Comunidad de Madrid (Estancos, Loterías, Farmacias, Clínicas, etc.).

15.- Fotocopia del Contrato de Mantenimiento de extintores de eficacia mínima 21-A y 113-B.

16.- Certificación por Técnico, Original y Visado, del cumplimiento del CTE DB-SI.

IMPRESO DE COMUNICACION PREVIA.DOC


  1. DECLARACION RESPONSABLE INICIO DE ACTIVIDAD. LICENCIA APERTURA LOCAL O NAVE.

Esta es una Solicitud de Declaración Responsable de Inicio de Actividad que SI requiere Proyecto Técnico Visado por el colegio correspondiente.

Si esta Declaración Responsable de Actividad está relacionada con una o varias Licencias de Obra, se deberá presentar la documentación de forma conjunta y se tramitarán de forma simultánea. También se deberá cumplimentar la declaración que figura en ambas solicitudes (obra y actividad).

Actividades Incluidas:

  1. Las Alimenticias Con Manipulación de Alimentos.
    Todas las que figuran en la re lación de Comunicaciones Previas de Inicio de Actividad que hayan superado los límites particulares establecidos para cada una de ellas y los generales para todas ellas.
    3. Industriales que no estén sometidas a Autorización Previa.

PRECIO DE TASAS LICENCIA – DECLARACION RESPONSABLE

Liquidación de Tasa: revisada la Declaración de la Base Imponible presentada, se envía por correo certificado.
Abono: en la Entidad Bancaria que figure en la Liquidación o con Certificado Digital y Tarjeta Bancaria en esta Sede Electrónica.

Por cada Autorización Previa de Licencia de Instalación tramitada:
· Tasa de la Expedición de Documentos de 7,41 €.
· Tasa de la Actividad: suma de tarifas, teniendo como base imponible:
a) Superficie afectada por la actividad, incluye la construida y resto de parcela:
Hasta 50 m2: 523,74 €
Exceso 50 m2 a 100 m2: 12,57 €/m²
Exceso 100 m2 a 500 m2: 10,47 €/m²
Exceso 500 m2 a 2.000 m2: 6,28 €/m²
Exceso 2.000 m2: 4,19 €/m²
b) Potencia eléctrica: Si está expresada en Caballos de Vapor, se reduce a Kilovatios, equivalencia: 1 CV = 0,736 kw.
Hasta 6 kw: 209,50 €
Exceso 6 a 10 Kw: 26,19 €/kw
Exceso 10 kw a 25 kw: 15,71 €/kw
Exceso 25 kw a 100 kw: 12,57 €/kw
Exceso 100 kw a 250 kw: 10,47 €/kw
Exceso 250 kw a 750 kw: 6,28 €/kw
Exceso 750 kw: 3,15 €/kw
c) Depósitos de combustible:
Hasta 1 m3: 62,85 €
Exceso 1 m3 a 5 m3: 125,70 €/m3
Exceso 5 m3: 62,85 €/m3
d) Potencia térmica:
Hasta 100 Mcal/h: 64,94 €
Exceso 100 Mcal/h a 500 Mcal/h: 3,15 €/Mcal/h
Exceso 500 Mcal/h a 3.500 Mcal/h: 1,57 €/Mcal/h
Exceso 3.500 Mcal/h: 1,05 €/Mcal/h
e) Transmisión de datos en redes de telecomunicaciones:
Nodo final (hasta 125 viviendas): 68,09 €
Nodo secundario (hasta 2.000 viviendas): 1.097,76 €
Nodo primario (más de 2.000 viviendas): 9.322,57 €

Coeficientes multiplicadores: según actvidad a consultar.

Reducciones: PYME que realice su asentamiento en el municipio de Parla ó amplíe las ya existentes y genere empleo neto a jornada completa por un periodo mínimo de un año. Los nuevos empleos deberán ser cubiertos con trabajadores procedentes del desempleo, a excepción del empresario ó autónomo.
Según el nivel de empleo, se reducirá la cuota:
Entre 1 y 5 trabajadores: 30%
Entre 6 y 10 trabajadores: 40%
Más de 10 trabajadores: 50%
Plazo máximo para la admisión de las solicitudes: 10 días desde la fecha de recepción de la misma. Se concederá manteniendo los puestos de trabajo que dieron lugar a la bonificación al año contados desde el inicio de la actividad, debiendo presentar en dicho momento justificación documental de ello. En caso contrario, se efectuará liquidación complementaria por el importe de la cantidad bonificada.

Ampliación, disminución o modificación de una actividad sujeta a autorización municipal previa o declaración responsable: la cuota a abonar se determinará, con arreglo a las tarifas, elementos y cuadros anteriores. Si la superficie vinculada a la modificación es inferior a 50 m², la tarifa aplicable será para el elemento superficie de 10,47 €/m², sin perjuicio de la cuota que resulte de la aplicación de las tarifas reseñadas, abonándose, en cualquier caso, una cuota mínima de 261,87 €.

DOCUMENTACIÓN QUE SE ACOMPAÑA Parla Licencia Actividad Apertura

DOCUMENTACIÓN QUE SE ACOMPAÑA

1.- Solicitud de Declaración Responsable de Inicio de Actividad por TRIPLICADO, cumplimentada y firmada.

2.- Fotocopia del Documento de Identidad del Solicitante (caso de persona física).

3.- Fotocopia del NIF de la Sociedad (caso de persona jurídica).

4.- Fotocopia de la Escritura de Constitución de la Sociedad (caso de persona jurídica).

5.- Fotocopia de la Escritura de Poderes de la Sociedad, Documento de Representación o Autorización.

6.- Fotocopia del Documento de Identidad del Apoderado, Representante o Autorizado.

7.- Proyecto Original por DUPLICADO, Visado o Control Profesional por Colegio Oficial (incluye lo previsto en PGOU Parla).

8.- Opcional: Copia Digitalizada en Formato PDF del Proyecto Original.

9.- Original del Encargo Dirección Facultativa (facilitado por autor del Proyecto), Visado o Control Profesional Trabajo.

10.- Certificado Final Original, con Visado o Control Profesional del Trabajo.

11.- Documento de Identificación Industrial y Vertido.

12.- Fotocopia de las Escrituras de Propiedad del local o Nota Simple Actualizada del Registro de la Propiedad.

13.- Fotocopia de Contrato de Arrendamiento (si es inquilino).

14.- Declaración de elementos que constituyen la Base Imponible para la Liquidación de las Tasas de la Actividad.

15.- Fotocopia Autorización-Concesión del Ministerio-Comunidad de Madrid (Estancos, Loterías, Farmacias, Clínicas, etc.).

16.- Fotocopia del Contrato con Gestor Autorizado para la Gestión de Residuos (casos que proceda).

17.- Fotocopia del Certificado Eléctrico de Baja Tensión.

18.- Fotocopia Certificado-Contrato mantenimiento extintores y otros equipos-instalaciones protección contra-incendios.

19.- Otros Certificados, según la actividad.

IMPRESO DECLARACION RESPONSABLE.DOC


  1. AUTORIZACION PREVIA DE ACTIVIDAD. LICENCIA DE ACTIVIDAD APERTURA LOCAL O NAVE EN PARLA.

Esta es una solicitud de Autorización Previa de Licencia de Instalación para actividades que SI requieren Proyecto Técnico Visado por el colegio correspondiente.

Es necesaria la Autorización Previa para las actividades que no figuren expresamente en la relación de las Actividades que requieran Comunicación Previa o Declaración Responsable y, en concreto:

  1. Las incluidas en la Ley de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid. (POR EJEMPLO TALLERES DE VEHÍCULOS)
    Industriales en Edificios Exclusivos.
    3. Guarderías, Centros Educativos, Centros Asistenciales.
    4. Centros Religiosos.
    5. Residencial Público: Hoteles, Hostales, etc.
    6. Establecimientos Comerciales y de Oficinas en Edificios Exclusivos.
    7. Las Actividades incluidas en la Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas (LEPAR) de la Comunidad de Madrid. (POR EJEMPLO BARES, CAFETERIAS Y OTRAS HOSTELERAS)

PRECIO DE TASAS LICENCIA – AUTORIZACION PREVIA DE ACTIVIDAD. LICENCIA DE ACTIVIDAD APERTURA LOCAL O NAVE EN PARLA.

Liquidación de Tasa: revisada la Declaración de la Base Imponible presentada, se envía por correo certificado.
Abono: en la Entidad Bancaria que figure en la Liquidación o con Certificado Digital y Tarjeta Bancaria en esta Sede Electrónica.
Por cada Autorización Previa Licencia de Instalación tramitada:· Tasa Expedición Documentos de 7,41 €.
· Tasa de la Actividad: suma de tarifas y como base imponible:
a) Superficie afectada por la actividad, incluye la construida y resto parcela:
Hasta 50 m²: 523,74 €.
Exceso 50 m² a 100 m²: 12,57 €/m².
Exceso 100 m² a 500 m²: 10,47 €/m².
Exceso 500 m² a 2.000 m²: 6,28 €/m².
Exceso 2.000 m²: 4,19 €/m².
b) Potencia eléctrica: Expresada en Caballos de Vapor, se reduce a Kilovatios, equivalencia: 1 CV = 0,736 kw.
Hasta 6 kw: 209,50 €.
Exceso 6 a 10 Kw: 26,19 €/kw.
Exceso 10 kw a 25 kw: 15,71 €/kw.
Exceso 25 kw a 100 kw: 12,57 €/kw.
Exceso 100 kw a 250 kw: 10,47 €/kw.
Exceso 250 kw a 750 kw: 6,28 €/kw.
Exceso 750 kw: 3,15 €/kw.
c) Depósitos de combustible:Hasta 1 m3: 62,85 €.
Exceso 1 m3 a 5 m3: 125,70 €/ m3.
Exceso 5 m3: 62,85 €/ m3.
d) Potencia térmica:Hasta 100 Mcal/h: 64,94 €.
Exceso 100 Mcal/h a 500 Mcal/h: 3,15 €/Mcal/h.
Exceso 500 Mcal/h a 3.500 Mcal/h: 1,57 €/Mcal/h.
Exceso 3.500 Mcal/h: 1,05 €/Mcal/h.
e) Transmisión de datos en redes de telecomunicaciones:Nodo final (hasta 125 viviendas): 68,09 €.
Nodo secundario (hasta 2.000 viviendas): 1.097,76 €.
Nodo primario (más de 2.000 viviendas): 9.322,57 €.
Coeficientes multiplicadores:  Según actividad a consultar.

Ampliación, disminución o modificación de una actividad: la cuota a abonar se determinará, con arreglo a las tarifas, elementos y cuadros anteriores. Si la superficie vinculada a la modificación es inferior a 50 m², la tarifa aplicable será para el elemento superficie de 10,47 €/m², sin perjuicio de la cuota que resulte de la aplicación de las tarifas reseñadas, abonándose, en cualquier caso, una cuota mínima de 261,87 €.

DOCUMENTACIÓN QUE SE ACOMPAÑA (Parla Licencia Actividad Apertura actividad nave o local).

1.- Solicitud de Autorización Previa de Instalación de Inicio de Actividad por TRIPLICADO, cumplimentada y firmada.

2.- Fotocopia del Documento de Identidad del Solicitante (caso de persona física).

3.- Fotocopia del NIF de la Sociedad (persona jurídica).

4.- Fotocopia de la Escritura de Constitución de la Sociedad (persona jurídica).

5.- Fotocopia de la Escritura de Poderes de la Sociedad, Documento de Representación o Autorización (persona jurídica).

6.- Fotocopia del Documento de Identidad del Apoderado, Representante o Autorizado.

7.- Proyecto Original por DUPLICADO, con Visado o Control Profesional por Colegio Oficial (incluyendo lo previsto en PGOU Parla).

8.- Opcional: Copia Digitalizada en Formato PDF del Proyecto Original.

9.- Original del Encargo Dirección Facultativa (facilitado por autor del Proyecto), con Visado o Control Profesional del Trabajo.

10- Declaración de Colindantes.

11.- Documento de Identificación Industrial y Vertido.

12.- Fotocopia de las Escrituras de Propiedad del local o Nota Simple Actualizada del Registro de la Propiedad.

13.- Fotocopia de Contrato de Arrendamiento (si es inquilino).

14.- Declaración de elementos que constituyen la Base Imponible para la Liquidación de las Tasas de la Actividad.

15.- Fotocopia Autorización-Concesión del Ministerio-Comunidad de Madrid (Estancos, Loterías, Farmacias, Clínicas, etc.).

16.- Fotocopia del Contrato con Gestor Autorizado para la Gestión de Residuos (casos que proceda).

17.- Fotocopia del Recibo del Contrato de Suministro de Energía Eléctrica o Boletín de Electricidad.

18.- Fotocopia Certificado-Contrato mantenimiento de extintores y otros equipos-instalaciones protección contra-incendios.

19.- Otros Certificados, según la actividad.

IMPRESO AUTORIZACION PREVIA LICENCIA ACTIVIDAD.DOC

Parla Licencia Actividad Apertura nave o local


CONTACTO

LICENCIA ACTIVIDAD APERTURA LOCAL O NAVE PARLA

Correo electrónico:

 ingenieria@roseva.es

TELEFONOS: / TLF / WHATSAPP :

 +34658955507

 +34658955508